jueves, 7 de abril de 2016

AN reformaría Ley de Registro Civil para permitir cambio de nombre a personas trans



La reforma a la normativa estaría en consonancia con en el artículo 20 de la Constitución Nacional, el cual contempla que “toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad.

En unos tres meses, la Asamblea Nacional (AN) podría someter a una primera discusión la reforma de la Ley Orgánica de Registro Civil que permita el cambio de nombre y de género a las personas trans, informó este miércoles a Contrapunto la diputada suplente por Voluntad Popular Tamara Adrián.

“Estamos esperando una presentación por parte de activistas que han pedido derecho de palabra y, a partir de ahí, se incluirían las propuestas. Esperamos que eso ocurra en los próximos dos o tres meses la primera discusión”, especificó la también activista por los derechos de la población LGBTI (lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales).

La abogada destacó que esta modificación a la normativapermitiría un reconocimiento al derecho a la identidad del que toda persona debería gozar, sin ningún requisito patologizante o quirúrgico, al igual que en Uruguay y Argentina.

“Es el derecho a la identificación que nada tiene que ver con el sexo, porque eso lo mal entienden, porque nosotros hemos pasado a un proceso de barbarización del Derecho y ese proceso nos lleva a que cada quien entiende, según su prejuicio, lo que le da la gana”, apuntó.
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Con esta reforma al instrumento jurídico, en la que quede mencionada la población trans, estaría garantizado que estas personas puedan aparecer en sus documentos de identificación con los nombres que han escogido, de acuerdo con su género autopercibido.

Una persona trans es aquella que tiene un conflicto entre su sexo biológico y como se percibe físicamente, lo cual la lleva a realizar modificaciones parciales o completas de sus características sexuales externas que no se corresponden con el género con el que se siente identificada. Por lo que un varón biológico que se sienta mujer necesitaría modificar su nombre legal a uno asociado a lo femenino y la misma lógica aplica para aquellas hembras que se sientan hombres.

Por ejemplo, la diputada Adrián es un mujer transexual, pero continúa apareciendo en sus documentos de identidad como Tomás Mariano Adrián, el nombre que le fue asignado de nacimiento. Hace casi 12 años introdujo ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) un recurso en el que solicita el reconocimiento de su identidad de género, pero no fue sino hasta el pasado 01 de marzo que el máximo juzgado admitió dicho recurso legal.

El TSJ, en ponencia de la magistrada Lourdes Benicia Suárez Anderson, indicó que no existen causales que impidan la evaluación del caso.

La Sala Constitucional admitió a trámite la acción innominada presentada por Tomás Mariano Adrián Hernández quien pretende que sean corregidos los documentos públicos y privados en cuanto a la identificación del sexo de masculino a femenino, para que coincidan con la identidad de género que ha asumido de forma personal y sobrevenida”, refiere un boletín de prensa del ente del Poder Judicial.


La acción interpuesta por Adrián y la reforma a la Ley Orgánica de Registro Civil está en consonancia con lo contemplado en el artículo 20 de la Constitución Nacional.

"Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin más limitaciones que las que derivan del derecho de las demás y del orden público y social", se lee en la Carta Magna, que, además, en el ordinal 1 establece que "no se permiten discriminaciones por el sexo, ni cualquier otra que anule o menoscabe el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos en condiciones de igualdad".

Vale mencionar que la Ley Orgánica de Registro Civil del 15 Septiembre del 2010 permitiría el cambio de nombre, no así el sexo, de las personas trans si se aplicara en sus casos el artículo 146 que refiere que este tipo de cambio de nombre simple procede por vía administrativa cuando éste “no se corresponda con su género, afectando así el libre desenvolvimiento de la personalidad”.

Sin embargo, desde 1998 a la fecha ninguna persona trans en Venezuela ha podido lograr el cambio de su nombre legal, de allí que en la reforma mencionada se leería expresamente la inclusión de esta población, de manera que no quede a la interpretación de ningún Registro Civil.

Adrián ha dicho a Contrapunto en ocasiones anteriores que "entre el año 1977 hasta 1998 hubo más de 150 reconocimientos de personas trans pero ya operadas, porque esos eran los estándares de la época”, precisó.


De acuerdo con porcentajes aportados por la parlamentaria, citando al Centro Bianco, 12,5% de la población es gay o lesbiana, 20% es bisexual y 0,5% trans

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